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martes, noviembre 5, 2024
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Talavera: cinco años de prisión para dos acusados de vender droga

Talavera: cinco años de prisión para dos acusados de vender droga (Foto de Google Maps)
Talavera: cinco años de prisión para dos acusados de vender droga (Foto de Google Maps)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo acogerá el próximo 6 de noviembre el juicio contra dos acusados de venta de droga en Talavera, ambos de nacionalidad colombiana. La Fiscalía solicita para ellos una condena de cinco años de prisión, además de una multa de 2.000 euros y su eventual expulsión de España tras el cumplimiento de dos tercios de la pena.

Detenidos en el Parque de La Portiña de Talavera

Los hechos se remontan al 30 de mayo de 2021, cuando agentes de la Policía Nacional interceptaron a los acusados en el Parque La Portiña de Talavera de la Reina mientras realizaban una presunta transacción de drogas. Según el informe del fiscal, sorprendieron a ambos en posesión de sustancias estupefacientes destinadas a la venta a terceros, específicamente cannabis y ketamina.

Cabe destacar que, durante dicho registro, la policía confiscó 450 euros en efectivo en billetes de varias denominaciones y varias bolsas tipo ‘Zip’ que contenían sustancias pulverulentas. Al ser analizadas, resultaron ser 9,25 gramos de cannabis de un 18,78% de pureza, valorados en 55,59 euros, y 17,34 gramos de ketamina con un 16,34% de pureza, cuyo valor en el mercado ilegal asciende a 830,23 euros.

Delito contra la salud pública y posible expulsión de España

La Fiscalía considera que los acusados infringieron el artículo 368 del Código Penal, que contempla penas para aquellos que produzcan, distribuyan o vendan sustancias que causan graves daños a la salud. Por ello, además de la pena de prisión, la Fiscalía ha solicitado una multa de 2.000 euros con una responsabilidad subsidiaria en caso de impago, la cual implicaría cuatro meses adicionales de privación de libertad.

Además, dado que los acusados son de nacionalidad extranjera, el fiscal ha solicitado que, una vez cumplidos dos tercios de la pena o al acceder al tercer grado, la condena de prisión pueda sustituirse por la expulsión del territorio español. Esta medida, prevista en el artículo 89.1 del Código Penal, también implica una prohibición de entrada a España por un período de ocho años.

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