El viceportavoz ha dado cuenta de la recepción de nuevas demandas y sentencias relativas a los planes de empleos de 2016, 2017 o 2018. En este asunto, el concejal ha apuntado a que “se trabaja para cerrar esas cantidades de manera global” y poder satisfacer el pago de todas ellas a los trabajadores y que eso se haga lo antes posible.
En otro orden, el viceportavoz municipal, Daniel Tito, ha recordado el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha ya acreditó que, “siendo el órgano de contratación la Junta de Gobierno Local, de la que formaba parte el concejal Santiago Serrano Godoy, quien formó parte de las sesiones de dicho órgano colegiado en las que se clasificaron las proposiciones presentadas y en las que se dio la conformidad de adjudicar a Godoy Droju S.A. el contrato, se acredita la concurrencia de los requisitos que exige el artículo de la Ley de Contratos que le impedían a él y a su madre concurrir”; la segunda en el caso del procedimiento de licitación y el primero por “ética política”, ya que podría haberse salido de esas Juntas de Gobierno y no salir manifestando que no sabía que su madre formaba parte de esos procedimientos de licitación.
Así lo ha expresado, textualmente, tras conocerse la aprobación, en Junta de Gobierno Local, de la personación del Ayuntamiento en el recurso de apelación presentado por la empresa Godoy Droju contra la sentencia número 41/202, de 19 de febrero de 2021, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo. Ahora, el Consistorio designa su representación procesal en el referido procedimiento.
Hay que recordar que la justicia ya dio la razón al Ayuntamiento y declaró la nulidad del contrato de tratamiento del agua de las piscinas y limpieza de las instalaciones municipales (lotes B y C), adjudicado el 17 de mayo de 2018 a esta empresa, con participación de un 25% de la madre del citado concejal del PP y viceportavoz del Gobierno y miembro de la Junta Local, Santiago Serrano Godoy, al quedar acreditada la “prohibición de contratar y un conflicto de intereses”.
Esta resolución es producto de la demanda presentada por la empresa talaverana ante el Juzgado como recurso contra la nulidad del proceso de adjudicación de dicho contrato de suministros. Esta nulidad se declaró en base al dictamen emitido por el citado anteriormente Consejo Consultivo y que se refería a ese parentesco en primer grado de consanguinidad de uno de los integrantes del Gobierno contratante, Santiago Serrano, con una de las participadas en la empresa contratada, concretamente su madre.