En una sentencia que hace historia, la Audiencia Provincial de León ha dictado una condena ejemplar, imponiendo siete años de prisión, así como una indemnización de 40,000 euros, además de prohibir al sacerdote Pedro Francisco Rodríguez Ramos acercarse a menos de 250 metros de su víctima. Este fallo judicial es resultado de un delito de abuso sexual continuado cometido en el seminario menor de Toledo entre los años 2005 y 2007.
La sentencia, que se extiende a lo largo de 103 páginas, revela la gravedad de los hechos cometidos por el Sr. Rodríguez Ramos. Entre los hechos probados, se destaca que «a partir del año 2005 y hasta el 2007, los encuentros entre el Sr. Rodríguez Ramos y el entonces menor fueron constantes y, en ellos, D. Pedro Francisco Rodríguez Ramos, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, realizó los siguientes actos». A continuación, la sentencia enumera una serie de actos abusivos que incluyen caricias, besos, tocamientos, masturbaciones, e intentos de penetración.
Esta lamentable historia de abuso sexual perduró hasta el año 2009, momento en que la víctima alcanzó la mayoría de edad y finalmente decidió romper con el sacerdote. Sin embargo, antes de este desenlace, la víctima fue sometida a lo que se conoce como «terapias de conversión».
El arzobispado de Toledo se enfrenta también a una condena moral, ya que tardó doce años en tomar medidas desde que conoció los hechos. Además, nunca brindó apoyo a la víctima y permitió que el sacerdote en cuestión fuera enviado a un seminario en Perú en varias ocasiones.
Expertos en derecho canónico consultados sobre el caso han enfatizado la naturaleza ejemplar de la sentencia, señalando que es casi una catequesis en sí misma. En diversos apartados, los jueces recuerdan a la archidiócesis de Toledo los principios fundamentales de la fe y la doctrina cristiana.
Esta sentencia sienta un importante precedente en la lucha contra el abuso sexual en instituciones eclesiásticas, subrayando la necesidad de rendir cuentas y proporcionar apoyo a las víctimas.