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miércoles, noviembre 27, 2024
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Así nos afectan las medidas nivel 3 reforzadas en Castilla-La Mancha

Ya están en vigor en Castilla-La Mancha las medidas especiales nivel 3. El Gobierno de Castilla-La Mancha, tras una reunión de su Consejo, ha decretado medidas especiales nivel 3 reforzadas en todo el territorio de la comunidad castellanomanchega, ante el avance de la incidencia de la epidemia por coronavirus. El decreto entró en vigor a las 00:00 horas de este martes.

El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page y el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, han explicado que “nos esperan semanas duras”.

Toque de queda y cierre perimetral

Así, Fernández Sanz ha explicado que entre las medidas más destacadas está que se adelanta el toque de queda a las 22:00 horas hasta las 7:00 del día siguiente. Asimismo, se decreta el cierre perimetral de todos y cada uno de los municipios de Castilla-La Mancha.

Bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos similares

El decreto incluye que se procederá al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares.

Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible, como los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales, servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos, servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados y servicio de comedor escolar en guarderías y colegios de Educación Primaria.

En los antedichos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Se permitirá el servicio reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad.

Además, se procederá al cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

Actividades culturales y de ocio

Asimismo, se procede a la suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de seis personas.

También se procederá al cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.

Parques y jardines

Se procederá al cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura, se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.

Centros comerciales, superficies y establecimientos comerciales

Cierre de centros comerciales, superficies y establecimientos comerciales que presenten una superficie útil de exposición y venta igual o superior a 300 metros cuadrados. Se exceptúan de esta medida los establecimientos, o áreas situadas en dichos centros, dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, y únicamente para la venta de dichos productos.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales que puedan permanecer abiertos, se extremarán las medidas higiénicosanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

Estos establecimientos limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo. Con vistas a facilitar el control de aforo, aquellos establecimientos, que dispongan de plazas propias de aparcamiento, deberán anular el 70% de las mismas.

Mercadillos y mercados al aire libre

Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

El consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, ha explicado que todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 10 días pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

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