Desde el pasado sábado, 28 de noviembre, han entrado en vigor las nuevas medidas anti-Covid de Nivel 2 para la ciudad de Talavera de la Reina, en base a la Resolución emitida por la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan nuevas líneas en materia de salud pública para la contención de la expansión del coronavirus en todo el término municipales.
Medidas más flexibles, tal y como avanzó la alcaldesa de Talavera, Tita García Élez; vista la evolución epidemiológica favorable de la ciudad, se resuelve el levantamiento de las medidas de Nivel 3 adoptadas el pasado 19 de noviembre y su inclusión en las medidas de Nivel 2 previstas en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 23/11/2020, de aplicación a todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha.
Toque de queda y grupos limitados de personas
Las medidas serán de aplicación durante 10 días, inicialmente. Se mantienen medidas para toda la comunidad, como el toque de queda entre las 00:00 y las 06:00 horas, así como los grupos de personas están limitados a un máximo de 6 personas.
Bares, restaurantes y establecimientos con servicio de hostelería
En el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería se permite la actividad en el interior del local al 50 por ciento del aforo máximo que tuvieran establecido previamente. En este tipo de establecimientos se suprime el servicio de barra.
Las terrazas de bares y restaurantes tendrán un aforo del 75% del máximo de mesas que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. La ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupaciones de mesas; y el cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas.
En el interior de salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50 por ciento de lo establecido.
Celebraciones de bodas, bautizos y comuniones
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos, comuniones y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas, siempre garantizando el resto de medidas recogidas en la regulación en vigor.
Centros sociosanitarios, Centros de Día y visitas en residencias de mayores
En lo que se refiere a centros sociosanitarios, siguen suspendida, cautelarmente, la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de Servicios de estancias diurnas de personas mayores. También se suprimen las visitas sociales en Residencias de Mayores, centros para personas con discapacidad grave, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios. La entrada a estos centros por parte de personas ajenas se limitará a lo estrictamente necesario.
Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
No se permitirán salidas de los usuarios salvo razones de fuerza mayor en residencias y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el período establecido en los protocolos en vigor, mientras que sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a un domicilio familiar, siempre con un período superior al de vigencia de las medidas especiales establecidas en el municipio, es decir, no se podrá retornar al centro mientras dichas medidas estén en vigor. Para ello, además, será necesaria la realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores o personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con el Covid-19 y que el centro se encuentre libre del mismo en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que, tras su periodo vacacional o ausencia de su puesto de trabajo, por un tiempo superior a una semana, que se incorporen a las residencias sociosanitarias o viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación una PCR para descartar la infección por Covid-19.
Centros de culto y velatorios
En otro orden, y en lo que se refiere a las actividades religiosas de ámbito social como bodas y bautizos se limita la ocupación en lugares de culto cerrados a un 40% del aforo, mientras que al aire libre no deberá superar el número máximo de 100 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal y las normas higiénico-sanitarias sobre prevención y contención del Covid-19. Se limita también a un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.
Controles policiales y sanciones
Sobre el consumo de alcohol, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla – La Mancha y las autoridades competentes aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento, como se viene haciendo, aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Tiendas, establecimientos comerciales, supermercados y centros comerciales
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Mercadillos y mercados al aire libre
Los mercadillos y mercados al aire libre tendrán una limitación del aforo de 1/3 del previamente establecido, manteniendo las distancias entre puestos y las medidas higiénico-sanitarias.
Las medidas prescritas por la Delegación Provincial incluyen un seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara. Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación con el fin de frenar la transmisión del virus.
Actividades colectivas de ocio, espectáculos y otros eventos; visitas guiadas; cines, teatros, auditorios, bibliotecas y museos; competiciones deportivas federadas y no federadas
Esta nueva resolución mantiene la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otras que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30% en espacios interiores y del 60% en exteriores; así como se mantiene el cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso público recreativo, independientemente de su titularidad.
Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
Los cines, teatros, auditorios, bibliotecas y museos, se limitará su aforo al 30 por ciento.
Parques y jardines; parques infantiles y con elementos deportivos
Continúa el cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual. Se recuerda específicamente que en los elementos de juego de parques infantiles siguen precintados y su uso prohibido, así como los elementos para uso deportivo en estos espacios. Tampoco podrán usarse los bancos u otros elementos del mobiliario urbano. En el período de tiempo que se permite el acceso a parques y jardines se podrá pasear, hacer deporte o ir en bici.
Encuentros sociales
En último lugar, la resolución recomienda a la ciudadanía limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y también se recomienda a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas, incluyendo convivientes.
Estas medidas tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables por otro período idéntico. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la pandemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se podrán adoptar medidas complementarias a las establecidas en este documento.